Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores

Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores

Preámbulo

La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) es una asociación civil sin fines de lucro, constituida en agosto de 2021, para fungir como mecanismo de comunicación entre las y los editores audiovisuales y de la comunidad cinematográfica en general.

Procurando la adecuada interrelación entre quienes se dedican al quehacer cinematográfico, así como el establecimiento de relaciones laborales horizontales. En este sentido, este ordenamiento aspira a facilitar dicha labor, señalando las pautas fundamentales para el actuar y la convivencia de los miembros activos, emergentes y honorarios de la AMEE.

Apartados del Código

El Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) se divide para su manejo en los siguientes apartados: I) Personas destinatarias y ámbito de aplicación del Código; II) Fines del Código; III) Principios de ética.

I) Personas destinatarias y ámbito de aplicación del Código

Las disposiciones de este Código de Ética tienen como destinatarias a todas aquellas personas integrantes de manera activa, emergente u honoraria de la AMEE, con independencia de la posición que en ella ocupen o del lugar en el que desempeñen sus labores.

II) Fines del Código

  1. Fortalecer el trabajo y la interacción entre las y los integrantes activos, emergentes y honorarios de la AMEE, incluyendo a quienes forman parte de la Asamblea General, el Consejo Directivo, la Comisión de Vigilancia y Fiscalización, la Comisión de Admisión de Socios y el Comité de Ética.
  2. Establecer los principios éticos que deberán regir el actuar de las y los integrantes activos, emergentes y honorarios de la AMEE, así como de sus Comités y Comisiones.
  3. Inhibir aquellas prácticas que afecten o demeriten el quehacer de la AMEE y la adecuada convivencia entre sus integrantes.

III) Principios de ética

Igualdad y no discriminación

Para poder desenvolverse en condiciones de igualdad dentro de la AMEE, ninguna persona podrá ser discriminada por origen nacional o étnico, edad, género, condición social, condición de salud, religión, opiniones, orientación o preferencia sexual, estado civil, o por alguna otra razón que atente contra la dignidad humana.

Libertad de pensamiento y de expresión

Las y los integrantes de esta Asociación tienen derecho de buscar, recibir y difundir ideas de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro medio de su elección, con el único límite de respetar el Estado de Derecho y el compromiso de no vulnerar los derechos humanos de otras personas.

Laicidad

La aceptación de la pluralidad de creencias es un aspecto elemental para la convivencia pacífica al interior de la Asociación, por ello, las y los integrantes de la AMEE deberán respetar y ser respetados en sus convicciones éticas, individuales, de conciencia y religión, procurando siempre mantener un ambiente de tolerancia ajeno a todo dogmatismo y fundamentalismo.

Tolerancia

La tolerancia es un deber ético y una obligación jurídica y política que consiste en el respeto, la aceptación y el reconocimiento de la diversidad, por ello, las y los integrantes de la AMEE deberán apegarse a ella en cuanto actitud activa de reconocimiento de derechos universales y libertades fundamentales todas las personas.

Cooperación y solidaridad

La cooperación y la solidaridad son dos pilares básicos para la adecuada interacción entre las y los integrantes de la AMEE, quienes deberán, en todo momento, procurar y priorizar la ayuda y colaboración mutua.

Cero tolerancia al acoso

Las y los integrantes de la AMEE deberán apegarse al principio de cero tolerancia al acoso, entendido como todo comportamiento por acción u omisión, sea verbal o físico, que tenga como propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se produce en un entorno de indefensión, intimidatorio, degradante u ofensivo, ya sea de carácter sexual, laboral o de cualquier otra índole.

Transparencia

Las y los integrantes de la AMEE que tengan responsabilidades relativas al manejo y a la administración de recursos, bienes o información de la Asociación deberán actuar con transparencia, observando en todo momento el principio de máxima publicidad.

Privacidad y protección de datos personales

La protección de datos personales es un derecho vinculado a la protección de la privacidad, por ello, el respeto a dicha información, así como la prevención del uso y destino indebido de la misma, es un deber que las y los integrantes de la AMEE, se comprometen a respetar.

Puntos de acuerdo para la implementación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores

Primero. La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) deberá contar con un Comité de Ética, mismo que promoverá la observancia y cumplimiento de los principios éticos contenidos en su Código.

Segundo. La aprobación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) será responsabilidad del Consejo Directivo.

Tercero. La interpretación y modificación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) estarán a cargo del Comité de Ética. Estas podrán ser solicitadas por cualquiera de sus integrantes, consejos y comisiones, mediante el procedimiento que se determine pertinente.

Cuarto. La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) deberá difundir y divulgar, a través de los medios que considere pertinentes, el Código de Ética para el conocimiento de sus integrantes.

Vigencia

El Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) entrará en vigor una vez aprobado por el Consejo Directivo.

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