Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores
Preámbulo
La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) es una asociación civil sin fines de lucro, constituida en agosto de 2021, para fungir como mecanismo de comunicación entre las y los editores audiovisuales y de la comunidad cinematográfica en general.
Procurando la adecuada interrelación entre quienes se dedican al quehacer cinematográfico, así como el establecimiento de relaciones laborales horizontales. En este sentido, este ordenamiento aspira a facilitar dicha labor, señalando las pautas fundamentales para el actuar y la convivencia de los miembros activos, emergentes y honorarios de la AMEE.
Apartados del Código
El Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) se divide para su manejo en los siguientes apartados: I) Personas destinatarias y ámbito de aplicación del Código; II) Fines del Código; III) Principios de ética.
I) Personas destinatarias y ámbito de aplicación del Código
Las disposiciones de este Código de Ética tienen como destinatarias a todas aquellas personas integrantes de manera activa, emergente u honoraria de la AMEE, con independencia de la posición que en ella ocupen o del lugar en el que desempeñen sus labores.
II) Fines del Código
- Fortalecer el trabajo y la interacción entre las y los integrantes activos, emergentes y honorarios de la AMEE, incluyendo a quienes forman parte de la Asamblea General, el Consejo Directivo, la Comisión de Vigilancia y Fiscalización, la Comisión de Admisión de Socios y el Comité de Ética.
- Establecer los principios éticos que deberán regir el actuar de las y los integrantes activos, emergentes y honorarios de la AMEE, así como de sus Comités y Comisiones.
- Inhibir aquellas prácticas que afecten o demeriten el quehacer de la AMEE y la adecuada convivencia entre sus integrantes.
III) Principios de ética
• Igualdad y no discriminación
Para poder desenvolverse en condiciones de igualdad dentro de la AMEE, ninguna persona podrá ser discriminada por origen nacional o étnico, edad, género, condición social, condición de salud, religión, opiniones, orientación o preferencia sexual, estado civil, o por alguna otra razón que atente contra la dignidad humana.
• Libertad de pensamiento y de expresión
Las y los integrantes de esta Asociación tienen derecho de buscar, recibir y difundir ideas de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro medio de su elección, con el único límite de respetar el Estado de Derecho y el compromiso de no vulnerar los derechos humanos de otras personas.
• Laicidad
La aceptación de la pluralidad de creencias es un aspecto elemental para la convivencia pacífica al interior de la Asociación, por ello, las y los integrantes de la AMEE deberán respetar y ser respetados en sus convicciones éticas, individuales, de conciencia y religión, procurando siempre mantener un ambiente de tolerancia ajeno a todo dogmatismo y fundamentalismo.
• Tolerancia
La tolerancia es un deber ético y una obligación jurídica y política que consiste en el respeto, la aceptación y el reconocimiento de la diversidad, por ello, las y los integrantes de la AMEE deberán apegarse a ella en cuanto actitud activa de reconocimiento de derechos universales y libertades fundamentales todas las personas.
• Cooperación y solidaridad
La cooperación y la solidaridad son dos pilares básicos para la adecuada interacción entre las y los integrantes de la AMEE, quienes deberán, en todo momento, procurar y priorizar la ayuda y colaboración mutua.
• Cero tolerancia al acoso
Las y los integrantes de la AMEE deberán apegarse al principio de cero tolerancia al acoso, entendido como todo comportamiento por acción u omisión, sea verbal o físico, que tenga como propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se produce en un entorno de indefensión, intimidatorio, degradante u ofensivo, ya sea de carácter sexual, laboral o de cualquier otra índole.
• Transparencia
Las y los integrantes de la AMEE que tengan responsabilidades relativas al manejo y a la administración de recursos, bienes o información de la Asociación deberán actuar con transparencia, observando en todo momento el principio de máxima publicidad.
• Privacidad y protección de datos personales
La protección de datos personales es un derecho vinculado a la protección de la privacidad, por ello, el respeto a dicha información, así como la prevención del uso y destino indebido de la misma, es un deber que las y los integrantes de la AMEE, se comprometen a respetar.
Puntos de acuerdo para la implementación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores
Primero. La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) deberá contar con un Comité de Ética, mismo que promoverá la observancia y cumplimiento de los principios éticos contenidos en su Código.
Segundo. La aprobación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) será responsabilidad del Consejo Directivo.
Tercero. La interpretación y modificación del Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) estarán a cargo del Comité de Ética. Estas podrán ser solicitadas por cualquiera de sus integrantes, consejos y comisiones, mediante el procedimiento que se determine pertinente.
Cuarto. La Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) deberá difundir y divulgar, a través de los medios que considere pertinentes, el Código de Ética para el conocimiento de sus integrantes.
Vigencia
El Código de Ética de la Asociación Mexicana de Editoras y Editores (AMEE) entrará en vigor una vez aprobado por el Consejo Directivo.